Subvención Fomento Empleo Empresas 2020

Información: Telefóno 923 280 920
                
Finalidad: fomentar el empleo en PYMES que desarrollen su actividad en municipios de Salamanca con población inferior a 20.000 habitantes, a través de la financiación del 75% de los costes salariales a cargo de la empresa, para aquellos contratos que se formalicen entre la publicación de la Convocatoria y el 31 de marzo de 2021, hasta un máximo de 9.600,00 euros (máx. 800,00 euros/mes) por contratación a jornada completa. (de 1 a 3 contratos)
Dotación presupuestaria: 1.000.000,00 euros
Requisitos empresas:
♦ Empresas ya creadas en la fecha de publicación de la Convocatoria de la subvención.
♦ Domicilio actividad y fiscal en municipios de Salamanca con población inferior a 20.000 habitantes
♦ Incremento de plantilla en los últimos 12 meses

Requisitos contratos:
♦ Hasta 3 contrataciones de carácter indefinido
♦ Deben mantenerse 12 meses
♦ Jornada mínima del 50%
♦ El/los trabajador/es debe/n estar empadronado/s en alguno de los municipios de Salamanca con población inferior a 20.000 habitantes
♦ El/los trabajador/es debe/n estar en situación de alta como demandante/s de empleo

JUSTIFICACIÓN
Única justificación final: Del 1 al 30 de abril de 2022
Documentación a presentar a través de su expediente electrónico, donde está su solicitud:  Sede Electrónica_Carpeta Ciudadana_Expedientes anteriores

a) Anexo III. Declaración responsable en la que conste la relación clasificada de los gastos de la actividad subvencionables al amparo de la Base 3ª. Únicamente se considerarán como gastos realizados los que hayan sido efectivamente pagados con anterioridad a la finalización del plazo de justificación

b)  Contrato/s objeto de subvención, debidamente registrado/s en el Servicio Público de Empleo.

c) Informe de la “plantilla media de trabajadores en situación de alta”, durante el período comprendido entre el día anterior al alta del/los nuevo/s trabajador/es por los que perciba la ayuda y los 12 meses anteriores, expedido por la Tesorería General de la Seguridad Social.

d) Informe de la “plantilla media de trabajadores en situación de alta”, durante el período comprendido entre el día del alta del/los nuevo/s trabajador/es por los que perciba la ayuda y los 12 meses posteriores, expedido por la Tesorería General de la Seguridad Social.

e) Certificado de Vida Laboral de la Empresa -por cada código de cuenta de cotización de que disponga- en el que conste la relación de trabajadores adscritos a fecha en la se cumplen los 12 meses de duración del contrato subvencionado, expedido por la Tesorería General de la Seguridad Social.

f) Solicitud de alta/modificación de datos del solicitante en la que figure la confirmación de la entidad bancaria acreditativa de la titularidad de la cuenta en la que se solicita el ingreso de la ayuda con arreglo al modelo disponible en el siguiente enlace.

g) Nóminas debidamente firmadas por el trabajador y justificantes de las transferencias bancarias (si el pago se efectúa con talón tendrá que ser nominativo a nombre del trabajador y acompañarse copia del mismo o acreditación bancaria de su existencia y del cargo en cuenta efectuado) no admitiéndose el pago en efectivo.

h) Anexo IV: Autorización del trabajador contratado para la consulta de los datos personales necesarios a efectos de la concesión de la subvención (residencia y desempleo)

i) En el caso de ERTE, se aportará la siguiente documentación:
♦ Comunicación de la empresa a la Autoridad Laboral competente acompañada, en su caso, del Acuerdo de dicha Autoridad en la que se reconozca, la existencia de una situación de fuerza mayor; o documentación acreditativa del ERTE en el supuesto de causa económica, técnica, organizativa y de producción
♦ Solicitud  de la empresa al SEPE de la prestación por ERTE que incluya a los trabajadores cuyo contrato fuera objeto de la presente subvención, especificando la suspensión o la reducción de jornada y su porcentaje
♦ Documentación acreditativa de la reincorporación de los trabajadores afectados, o, en su caso, de la recuperación de su jornada laboral.